jueves, 12 de octubre de 2017

LA DEMOCRACIA EN RIESGO

LA DEMOCRACIA EN RIESGO

El año 1980 ocurre el último golpe de  Estado en Bolivia llevado a cabo por el general García Meza, que manifestaba que debía estar 20 años al mando del país, lo que ocasionó que Bolivia esté aislado internacionalmente.

En 1982, una huelga general convocada por la COB (Central Obrera Boliviana) puso al país al borde de la guerra civil con alrededor de 500 asesinatos, desapariciones forzadas y 4 000 detenidos. La dictadura militar colapsó y el poder le fue entregado a un Congreso nacional conformado según la composición de 1980.

Hoy la democracia en Bolivia está en riesgo, esta vez no por un régimen militar, sino por un partido que está en gobierno y así como García Meza quería quedarse por 20 años, este partido quiere hacerlo por 25 años.

El problema no es que quieran quedarse están en su derecho, pero que sigan y respeten los mecanismos democráticos institucionalizados que están establecidos en la Constitución Política del Estado.

Hubo una consulta el 21 de febrero donde Bolivia le dijo No a la reelección de Evo Morales por respeto a la Constitución, pero después del 2025 la constitución le da la potestad a Evo Morales de volver a postular a la Presidencia sin ninguna consulta previa.

Debido a que dentro del partido del MAS no existe liderazgo alguno fuera del Presidente Evo Morales, es que están buscando la forma y mecanismo de mantenerlo a Evo como candidato, porque saben bien que con otro candidato sería muy remota la posibilidad de que ganaran en una contienda electoral.

Por ello primero quisieron hacer una consulta al pueblo, donde el 21 de febrero Bolivia dijo No, pero el No, no fue tanto a Evo Morales, fue el no permitir la  violación a la Constitución Política del Estado; posterior a ello el 18 de septiembre han presentado al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) un recurso para que se declaren inaplicables los cuatro artículos de la Constitución Política del Estado (CPE) que  prohíben la reelección de autoridades políticas en más de una ocasión, donde el (TCP) admitió el recurso que planteó el MAS para la reelección sin límites de autoridades políticas electas, a pesar de los  siete pedidos de rechazo presentados por varios grupos de opositores en el país.

Paralelamente el Ministro de Justicia Héctor Arce y la Presidenta de la Cámara de Diputado Gabriela Montaño, hacen un papelón internacional haciendo la consulta a la Organización de Estados Americano  manifestando que se está violando un derecho humano. El Consejo Permanente reunido en Washington, responde que el recurso planteado por el gobierno  boliviano ante el Tribunal Constitucional en busca de la reelección indefinida, está violentando el respeto a la voluntad popular expresada en el resultado claro del 21 de febrero de 2016.

Está más claro que no hay democracia sin respeto a la Constitución, y el MAS quiere violar la constitución y a la vez desconocer la voluntad del pueblo que se le consulto el 21 de febrero y hoy quiere hacer como un grito desesperado que el Tribunal Constitucional lo avale ya que el pueblo lo rechazó.

La democracia de Bolivia está en peligro en estos momentos y depende de lo que va a dictaminar el Tribunal Constitucional, magistrados que tienen una presión política del partido que los sentó en esa silla cuando fueron pre seleccionados por los parlamentarios del MAS y hoy le están cobrando la factura.

¿Pero qué hacer?, el pueblo ha tomado conciencia de ello, con la marcha pasada en todo el país, pero la marcha en la noche con banda, fiesta, si es una medida de manifestación pública típico de la alegría que tenemos los cruceños, pero no es una medida de presión que consigue resultados reales, hoy más que nunca necesitamos presionar y luchar.

La democracia en todas partes del mundo ha costado sangre, muerte, ojala no lleguemos a ello para defenderla, así como llegaron los jóvenes de los principios de los años 80 que lucharon para que hoy nosotros que éramos los hijos tengamos democracia. Creo que se debería realizar una marcha de protesta real nacional rumbo a Sucre y cercar el Tribunal Constitucional para exigirle el respeto a la Constitución, y así los magistrados van a tener la presión social que es más grande que  la presión política que tienen en estos momentos para violar la Constitución.
La conquista y defensa de los derechos es con sacrificio, defender nuestra democracia significa sacrificio, y el país nos necesita, Bolivia necesita preservar su democracia que le costó sangre a nuestros padres y abuelos, así como nosotros disfrutamos de democracias, nuestros hijos y nietos tiene el mismo derecho.

M.Sc. Rafael D. López M.
SOCIOLOGO POLITICO  CRUCEÑO


miércoles, 12 de marzo de 2014

NI REFUGIADO NI ASILADO... ¡PRÓFUGO!




NI REFUGIADO NI ASILADO... ¡PRÓFUGO!


Según las leyes internacionales que rigen el bien vivir de la humanidad, el asilo humanitario es la práctica de ciertas naciones de aceptar en su suelo a inmigrantes que se han visto obligados a abandonar su país de origen debido al peligro que corrían por causas raciales, religiosas, guerras civiles o catástrofes naturales.
Los refugiados se ven forzados a huir porque no disponen de la suficiente protección por parte del gobierno de su propio país.
Mientras que el asilo político es el derecho que tiene una persona a no ser extraditado de un país a otro que lo requiere para juzgarle por delitos políticos.
De acuerdo con la Convención de Ginebra sobre el Estatuto de los Refugiados, un refugiado es una persona que "debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda o -a causa de dichos temores- no quiera acogerse a la protección de su país.
Con la aclaración de quién es un refugiado o asilado, surge esta gran interrogante: ¿qué es Marcelo Soza? En las últimas horas diversos medios de comunicación, portales y en las redes sociales se ha especulado que el ex fiscal se encuentra en Brasil, refugiado o asilado por este país.
Pero será que el hombre que ha perseguido, extorsionado y encarcelado a la sociedad cruceña que disiente del régimen del Movimiento al Socialismo puede acceder a esta condición de indefensión, para ser protegido por un país como Brasil?
Durante más de 4 años, desde el asalto y asesinato de tres personas en el Hotel Las Américas, Marcelo Soza fue el brazo represor del Gobierno desde el Ministerio Público. En el supuesto caso denominado terrorismo se violentaron todos los procedimientos legales y se violaron cuantos derechos humanos pudieron.
Es necesario recordar que quienes se identificaron con la autonomía fueron reprimidos, secuestrados, amordazados, trasladados a La Paz, despojados de sus bienes y sus familias, por el fiscal Marcelo Soza, cumpliendo las órdenes de la red de extorsión encarnada en el Ministerio de Gobierno de Evo Morales.
Hoy, a casi 5 años de la matanza en el Hotel Las Américas, donde dicho sea de paso se ha reconfirmado mediante instancias internacionales y la misma voz del fiscal acusador que todo ello fue un montaje, se ha volcado la tortilla para quien apuntó infamemente contra los autonomistas, empresarios, cívicos, políticos y todo aquel que le estorbaba al Gobierno del MAS.

Audios, fotos, videos, confesiones y declaraciones pusieron al descubierto la verdadera identidad de Marcelo Soza, y el show que montó a encargo del Palacio Quemado. “A confesión de partes, relevo de pruebas”, reza un viejo dicho jurídico en Bolivia que es muy aplicable en este caso, ya que de la misma voz del ahora acusado se ha revelado el secreto mejor guardado del MAS, y su estrategia de desarticular la oposición.
Para nadie es desconocido que en nuestra amada Bolivia falla todo, desde el transporte público hasta la salud, educación y sobre todo la justicia; esa justicia maltrecha que tiene injustamente detenidas a más de 30 personas, a centenares de perseguidos políticos y decenas de asilados por el caso de supuesto terrorismo.
Ahora ni el fiscal general del Estado, Ramiro Guerrero, sabe del paradero del acusado de extorsión Marcelo Soza Álvarez, por lo que responsabilizó al fiscal anticorrupción, Enrique Montaño de Sucre, por no ejecutar la aprehensión por incumplimiento de deberes. Asimismo apuntó a los fiscales de La Paz y Santa Cruz por demorar las investigaciones del caso extorsión, donde el ex representante del Ministerio Público es acusado junto a su abogado Moisés Ponce de León, de quien también se desconoce su paradero. ¡Qué paradoja!
La declaración de Guerrero se produce en medio de fuertes versiones de una posible fuga a Brasil o Perú de Marcelo Soza, quien debía presentarse ante la fiscalía anticorrupción de Santa Cruz, luego de haber sido citado a través de edictos de prensa, para responder a acusaciones de extorsión a Zvonko Matkovic y otros, a cambio de ser excluidos de la lista de imputados por terrorismo, del que fue su principal investigador.
Para empeorar la situación, se conoció que el abogado Moisés Ponce de León abandonó el domingo pasado la clínica policial Virgen de Copacabana de La Paz, por sus propios medios, adonde se internó el 7 de marzo para una intervención quirúrgica por una dolencia de hernia.
Ningún abogado o sabedor de las chicanerías jurídicas desconoce que una forma de evitar la cárcel o una audiencia, es presentar un informe trucho de enfermedad. Hoy los cómplices han sido los forenses de La Paz, Silvia Eugenia Yucra Ortiz y Cristian Vargas Camacho, que recomendaron 20 días de reposo y 30 días sin actividad física. Este certificado le permitió al extorsionador evadir nuevamente una citación para el 8 de marzo. Sin embargo, Ponce fue visto el lunes en inmediaciones de su oficina en un céntrico hotel, a donde asistió caminando en forma normal.
En torno al audio denunciado, en el que Soza comenta que el caso terrorismo fue un montaje del gobierno, el fiscal Guerrero dice que hay fiscales que están llevando actos investigativos antes de disponer el peritaje solicitado por la senadora denunciante, Carmen Eva Gonzales; aunque dizque la excesiva carga laboral de 1.000 y 1.500 que tiene cada fiscal, dificulta la celeridad del caso. Como si este caso no fuera importante y no llevara casi 5 años.
Con relación al caso extorsión, responsabilizó a los abogados de Marcelo Soza y Moisés Ponce de León, por el uso abusivo de recusaciones, excepciones e incidentes que demoran la investigación y dejó en manos del fiscal de materia la celeridad de las investigaciones, tal como en su momento habría instruido. O sea, se lava las manos y evade su responsabilidad.
Desde el comienzo, los investigados presentaron más de diez incidentes tanto en La Paz como en Santa Cruz, en el objetivo de trasladar el caso extorsión a la Sede de Gobierno por tener las mayores garantías del proceso. Soza insiste en trasladarlo porque hay mayor protección gubernamental.
Como el caso Soza ya era insostenible para el Gobierno y las pruebas en su contra son irrefutables, como todo Judas, el MAS decidió darle la espalda y antes que Soza hable o lo silencien, al parecer ha fugado al Brasil.
Si esto es así, sería un desastre para el Ministerio Público, porque es la instancia que está encargada sobre los procesos en los que está implicado Soza. En todo caso, si fugó o no del país, el proceso debe continuar contra el ahora prófugo Marcelo Soza y todos sus cómplices.
--
Un saludo,


Rafael D. López M.

DIPUTADO NACIONAL

Santa Cruz de la Sierra - Bolivia
 

viernes, 31 de enero de 2014

Diputado pide aclarar descuentos en comuna




http://eldeber.com.bo/diputado-pide-aclarar-descuentos-en-comuna/140130214905

RAFAEL DARIO LÓPEZ MERCADO, mayor de edad, boliviano, hábil por
derecho, con cédula de identidad N° 4728449 expedido en la ciudad de Santa
Cruz de la Sierra, de profesión Sociólogo, Diputado Titular por el Departamento
de Santa Cruz, miembro de la Asamblea Legislativa Plurinacional con domicilio
laboral en la Asamblea Legislativa Plurinacional de Bolivia, ubicado en la Plaza
Murillo de esta ciudad, ante su autoridad con el debido respeto me apersono,
expongo y solicito:

I.- RELACION CIRCUNSTANCIADA DEL HECHO
Señor del Ministro de Trabajo, siendo mi persona Diputado Nacional del Estado
Plurinacional de Bolivia, y en el estricto cumplimiento de mis funciones, conferidas por la
Constitución Política del Estado, al amparo del articulo 151, parágrafo I y articulo 158
parágrafo I, numeral 17; en fecha martes 28 de enero del año en curso, se apersonaron a
la Brigada Parlamentaria de Santa Cruz, funcionarios del Gobierno Autónomo Municipal
de la ciudad de Santa Cruz, mismos que pidieron no ser identificados, por temor a
represalias en sus fuentes laborales, estos funcionarios denunciaron descuentos
irregulares a sus salarios, mismos que supuestamente serian utilizados para financiar
parte de la campaña electoral del actual ALCALDE PERCY FERNÁNDEZ Y SU
AGRUPACIÓN SANTA CRUZ PARA TODOS (SPT).

La presente denuncia refiere que se estaría descontando el (5%) a personal técnico y un
(10%) al personal profesional, de sus haberes mensuales.

En ese contexto, en fecha 30 de enero del año en curso, medios de comunicación locales
como EL DIARIO Y EL DEBER, hicieron publicas las mismas denuncias por varios
funcionarios del Gobierno Municipal, que denunciaron ante los medios de comunicación
que estarían siendo obligados a firmar un documento, autorizando a la cooperativa Jesús
Nazareno el descuento de un porcentaje del (5%) de sus sueldos, para que el dinero
luego sea abonado a una cuenta de la agrupación ciudadana “Santa Cruz para Todos”,
(SPT), a fin de apoyar la campaña del Alcalde Percy Fernández Áñez para su reelección.

Según estas denuncias que se realizaron en medios de comunicación, este mes se les
ha obligado a firmar dos documentos. Uno en el que indican que por “decisión libre y
voluntaria” van a colaborar económicamente a la campaña de Percy, con vistas a
los comicios del próximo año. El otro documento está dirigido a la cooperativa
Jesús Nazareno, en el que se le autoriza realizar el débito del sueldo por el tiempo
de 18 meses y que el dinero sea abonado en la cuenta de caja de ahorros de la
agrupación Santa Cruz para Todos.

Asimismo en los mismos medios de comunicación el jefe de bancada de la agrupación
Santa Cruz para Todos en el Concejo Municipal, Rommel Pórcel, confirmó que se ha
hecho un formulario para que el funcionario haga su aporte voluntario del 5% del líquido
pagable del sueldo. Además señalo que “El que no quiera aportar, el que no contribuye
con ideas y más bien denuncia, lo invito a que renuncie, porque existe un montón de
militantes que quieren trabajar y aportar. Esa gente está esperando su oportunidad para
trabajar en el gobierno municipal. Los que no quieran apoyar, es preferible que renuncien
y den oportunidad a los que han hecho campaña y merecen estar trabajando en el
Gobierno Municipal”.

II.- FUNDAMENTOS DE LA DENUNCIA
En el caso que estos supuestos descuentos irregulares en los salarios de los funcionarios
municipales, se han aportes voluntarios, estos no deben ser entregados a través de
descuentos por planillas, tampoco tendrían que ser estrictamente del 5 % o 10%, ya que
este aporte no seria voluntario, y mas aún siendo que se trata de funcionarios públicos.

Además no puede existir una presión por parte del Gobierno Autónomo Municipal, ni de
los miembros del partido político o agrupación ciudadana al momento de hacer la solicitud
de aportes, ya que esto también desvirtuaría la acción voluntaria.

III.- PRECEPTOS JURÍDICOS APLICABLES
Conforme ha transcurrido el presente caso, se estarían vulnerando derechos
contemplados en la Constitución Política del Estado, mismos que detallo a
continuación:

• CPE, Articulo 46, parágrafo I y, numeral 1 y 2, menciona que toda
persona tiene derecho al trabajo digno, con seguridad industrial, higiene y
salud ocupacional, sin discriminación, y con remuneración o salario justo,
equitativo y satisfactorio, que le asegure para sí y su familia una
existencia digna y a una fuente laboral estable, en condiciones equitativas y
satisfactorias. Además en su parágrafo II establece que el Estado protegerá
el ejercicio del trabajo en todas sus formas.

• CPE, Articulo 48, parágrafo III, menciona que los derechos y beneficios
reconocidos en favor de las trabajadoras y los trabajadores no pueden
renunciarse, y son nulas las convenciones contrarias o que tiendan a burlar
sus efectos.

• CPE, Articulo 49, parágrafo III, menciona que el Estado protegerá la
estabilidad laboral. Se prohíbe el despido injustificado y toda forma de
acoso laboral. La ley determinará las sanciones correspondientes.

Consecuentemente los hechos relatados, se encuentran contemplados en la Ley 1983,
de Partidos Políticos, los cuales establecen:

• Ley 1983, Artículo 50 (Patrimonio partidario), parágrafo I, numeral 1,
menciona que el patrimonio de los partidos está constituido por: Las
contribuciones y donaciones de sus afiliados y simpatizantes.

• Ley 1983, Articulo 51 (Restricción a los aportes), parágrafo I, numeral
6, menciona que los dirigentes de los partidos políticos, no podrán
recibir aportes de ninguna naturaleza, de: Entidades públicas
nacionales de cualquier naturaleza, salvo el financiamiento establecido
en la presente ley.

La recepción de los recursos señalados en el presente Artículo les hace pasibles a ser
procesados en la Justicia Ordinaria.

III. Ninguna donación, contribución o aporte individual podrá exceder el diez por
ciento del presupuesto anual de la organización partidaria.

Asimismo la Ley 2027 Ley del Estatuto del Funcionario Público establece:

• Ley 2027, Articulo 51 (Bases generales). Las bases que orientan la
retribución de los servidores públicos, se fundan en los siguientes aspectos:
 a) Periodicidad y oportunidad de la retribución, b) Inembargabilidad de la
remuneración, dentro de los límites establecidos por la legislación, c)
Prohibición de deducciones a las remuneraciones, destinadas a
parcialidades o intereses políticos, así sean solicitadas por los
mismos servidores públicos.

Por lo expuesto, pido se inicie las investigaciones necesarias a fin de esclarecer estos
extremos, y se sancione a los responsables y participes de estos hechos ilícitos en
contra de los trabajadores, llegando a una sanción condenatoria o en su caso una multa
contra los autores.

OTROSI.- Solicito a su autoridad, instruir al Jefe Departamental de Santa Cruz, se
designe inspector a efectos de determinar la presente denuncia, por las oficinas de
Recursos Humanos y las Secciones o Unidades que correspondan a la Entidad Publica
denunciada, asimismo se haga entrega del informe que realice el referido inspector del
Ministerio de Trabajo y sea en doble ejemplar debidamente legalizado.

OTROSI 1.- En calidad de prueba pre constituida adjunto fotocopia de los periódicos “EL
DEBER” y “EL DIARIO”.

Sera Justicia...


Rafael Dario Lopez Mercado
DIPUTADO NACIONAL


La Paz, 30 de enero de 2014



viernes, 22 de noviembre de 2013

Evo Morales camino hacia La Haya


Una inusual e inesperada fatiga envolvió en la víspera al Canciller David Choquehuanca después de ser informado sobre los resultados de la 11° Sesión del Parlamento Europeo realizada en Estrasburgo, Francia, donde fue aprobada por una abrumadora mayoría (54 votos contra 7) una Resolución Especial que resolvió exigir a Bolivia, la liberación inmediata de los ciudadanos europeos Elod Toaso y Mario Tadic y que de manera inmediata, se abra una investigación internacional para determinar la causa de la muerte de otros 3 ciudadanos europeos, Eduardo Rozsa, Michael Dwyer y Arpad Magyarosi, ejecutados a sangre fría al amanecer del 16 de abril de 2009 en un operativo realizado por la UTARC en el Hotel “Las Américas” de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra.

Lo invadió la fatiga y esa sensación de frío extremo que sentimos al saber que hemos sido encontrados haciendo algo grave e indebido y porque sus embajadores en Francia y Bélgica, a quienes se les había encomendado el trabajo de resolver este impasse, le habían asegurado por adelantado y este de la misma manera al Presidente Morales, que todo estaba bajo control y que el lobby realizado les aseguraba los votos necesarios para la aprobación de una resolución favorable a Bolivia. Se conoce que ambos embajadores asesorados cada uno de ellos por su staff de apoyo trabajaron durante 20 días, desde que tomaron conocimiento de que el tema iba a ser tratado específicamente en esta asamblea. Parece que no hicieron bien su trabajo y se dedicaron solo a repartir a los diputados de la Eurocámara los números sobrantes de la misma separata ordinaria y mal presentada, que imprimieron y distribuyeron hace un mes en Bolivia, pisoteando principios, leyes, violando nuevamente la presunción de inocencia y creyendo que con esta gestión les sería suficiente para lograr su cometido. No lo consiguieron pero viajaron hasta Estrasburgo, pasearon, se hospedaron en buenos hoteles, se divirtieron y a estas alturas se encuentran replegándose hacia París y Bruselas.

Lo cierto es que David Choquehuanca, más allá de la fatiga y ese frio que lo delata, está en apuros porque a partir de esta resolución las relaciones de Bolivia con la Comunidad Europea entrarán a la congeladora hasta que este novísimo Estado Plurinacional no cumpla con lo determinado en la misma, que es la libertad inmediata de los ciudadanos europeos Elod Toaso y Mario Tadic y que de inmediato se pueda realizar una investigación internacional, abierta y transparente para determinar la causa de la muerte de Eduardo Rozsa, Michael Dwyer y Arpad Magyarosi.

Este hecho constituye un duro revés para el gobierno de Evo Morales y marcará sin duda alguna, un punto de inflexión en el supuesto caso de Terrorismo. El Tribunal de Sentencia paceño escogido para operar e implementar en Santa Cruz las instrucciones del ejecutivo, deberá pensar ahora dos, tres y hasta diez veces, antes de dictar cualquier resolución al margen de la ley, porque a partir de la resolución del Parlamento Europeo este caso tiene los ojos de la comunidad internacional encima y todos los daños y perjuicios ocasionados a los 39 acusados deberán merecer una justa reparación, al margen de las duras sanciones de la justicia en Bolivia y de los Organismos Internacionales correspondientes para todos los funcionarios (Fiscales y Jueces) que tomaron conocimiento del caso y que sus intervenciones fueron simplemente una “actuación” teatral en derecho.

Evo Morales ha iniciado la etapa final de su carrera hacia la Corte de La Haya, con una investigación internacional se develarán todos los pormenores del montaje de este caso y del asesinato cruel y despiadado a tres seres humanos, ejecutados por los miembros de la UTARC por instrucciones superiores.

Atentamente,

Rafael D. López M.
DIPUTADO NACIONAL

jueves, 9 de mayo de 2013


Esta mañana mi persona presento ante la Cámara Baja, una Interpelación constituida por 44 preguntas, dirigidas al Ministro de Gobierno (Carlos Romero), por el caso terrorismo, misma que tiene el objeto de llegar a la verdad histórica de los hechos y esclarecer todas las irregularidades tanto en el Operativo perpetrado al hotel las Américas, en el Procedimiento y juzgamiento de los implicados en el caso denominado terrorismo y demás irregularidades como videos, audios, fotografías, etc.

 Se espera que con esta Interpelación, estas y otras interrogantes que hasta la fecha no tienen respuesta, sean respondidas por el Ministro de Gobierno, logrando modificar las Políticas empleadas por el Gobierno y acabando con el calvario que enfrentan los implicados y sus familiares.

 Asimismo el pasado 02 de mayo del año en curso, presente una Petición de Informe Oral, ante la Comisión de Justicia Plural, Ministerio Publico y Defensa Legal del Estado de la Cámara de Diputados, requiriendo la presencia del Fiscal General del Estado, para que esclarezca  e informe el estado actual en el que se encuentra este proceso; la misma se encuentra constituida por 50 preguntas, divididas en cinco partes :1) Sobre el caso Terrorismo I, 2) Sobre el caso Terrorismo II, 3) sobre la Retardación de Justicia en los casos Terrorismo I y II, 4) Sobre lo referente al VIDEO-SOBORNO, en el caso terrorismo I, 5) Sobre la participación del Fiscal Marcelo Soza en el Caso Terrorismo I y los audios, fotos revelados.


La Paz, 07 de Mayo de 2013

Señora:
Dip. Betty Tejada Soruco
PRESIDENTA
CÁMARA DE DIPUTADOS
ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL  
Presente.-


                         REF.: REQUERIMIENTO DE  INTERPELACION

Por la presente me dirijo a su digna persona y después de saludarle con las consideraciones de su investidura, me permito solicitar lo que sigue:

De conformidad a lo dispuesto a los Arts.; 24, 158 Incs. 17), 18), y 19) de la Constitución Política del Estado CPE, lo dispuesto por el Art. 14 Incs. 7) y 10) del Decreto Supremo D.S. 29894 de fecha 07 de febrero de 2009, y los artículos 6 Incs. 18) y 19), 7 Insc. 2) y 3), 144, 145, 146,147, y 148 del Reglamento General de la Cámara de Diputados, solicito a su autoridad disponga al Ministerio de Gobierno a cargo del  Dr. Carlos Romero, presente informe pormenorizado y responda al siguiente cuestionario ante la Asamblea Legislativa Plurinacional:


1.- Informe, de acuerdo a las investigaciones realizadas, si este supuesto grupo terrorista fue el responsable del atentado ejecutado contra la casa del Cardenal Julio Terrazas y del Concejal Saúl Avalos, de ser afirmativa su respuesta, señale cuales son las pruebas que se tienen para asegurar este extremo. Adjunte copia legalizada de la documentación que justifique su respuesta.

2.- Informe, si el Gobierno conoció del supuesto grupo terrorista comandado por Eduardo Rozsa Flores, entre los meses de septiembre y octubre de 2008 (siete meses antes del operativo policial del Hotel las Américas), de acuerdo a las declaraciones emitidas por el Vicepresidente, Álvaro García Linera; de ser así porque el Gobierno no evito que se llevaran a cabo los atentados a la casa del Cardenal Julio Terrazas  y el atentado al Concejal Saúl Avalos y permitió que estos hechos supuestamente atribuidos a este grupo se lleven a cabo. Justifique en derecho su respuesta.

3.- Informe, si el Gobierno infiltro al interior del supuesto grupo terrorista agentes encubiertos, ¿estos eran miembros de la Policía Boliviana, personal del Ministerio de Gobierno o personal civil?, y señale si se contaba con informantes dentro del mismo grupo.  Adjunte copia legalizada de la documentación que justifique su respuesta.

4.- Informe, por que el Gobierno oculto la información de que este grupo de terroristas habría sido infiltrado, siendo que esta información se rebeló a partir de hacerse públicas fotografías que comprometían la participación de oficiales con miembros del supuesto grupo terrorista.

5.- Informe, si el ex jefe de inteligencia de la Policía, Jorge Santiesteban Claure, habría contactado a Eduardo Rozsa Flores, con el objetivo de tender una trampa a grupos separatistas y a los principales líderes regionales.

6.- Informe, si el Gobierno conocía de las actividades del supuesto grupo terrorista y qué papel desempeñaron los señores Walter Andrade Sanjinés, Luis Norberto Clavijo Castro, Marilin Vargas Villca, Ignacio Villa Vargas, señale explícitamente que funciones cumplieron durante la planificación y ejecución del operativo policial del Hotel las Américas. Adjunte documentación de descargo que respalde su respuesta.

7. Informe, que rol desempeño el Capitán Walter Andrade Sanjinés (ex jefe de la disuelta Unidad Táctica de Resolución de Crisis (UTARC), dentro del supuesto grupo terrorista. Adjunte documentación de la justificación de su respuesta.

8.- Informe, quien dio la orden para ejecutar el operativo en el Hotel las Américas, perpetrado por la Unidad Táctica de Resolución de Crisis (UTARC), y si existió alguna denuncia para llevar adelante este operativo. Adjunte copia legalizada de la documentación que respalde su respuesta

9.- Informe, si el operativo efectuado en el Hotel las Américas contaba con la autorización expresa de un Juez y la participación de un Fiscal como director funcional de la investigación. Adjunte copia legalizada del Mandamiento u orden emitida por orden emitida por autoridad competente.

10.- Informe, por que el ex Fiscal General del Estado, (Dr. Mario Uribe Melendres), ordeno y prohibió al ex Fiscal de Distrito de Santa Cruz (Dr. Jaime Soliz), que ningún Fiscal del Distrito de Santa Cruz, participe de los operativos perpetrados al interior del Hotel las Américas, dentro del denominado Caso Terrorismo I. Adjunte copia legalizada de la documentación que respalde su respuesta

11.- Informe, porque razones el operativo antiterrorista se realizo desde el departamento de La Paz y porque al constituirse dos fiscales (Dr. Joadel Bravo y Dr. Oscar Flores) del Distrito de Santa Cruz, no pudieron ingresar al Hotel las Américas ya que los policías que custodiaban el hotel no se lo permitieron. Adjunte copia legalizada de la documentación que respalde su respuesta

12.- Informe, respecto a los videos difundidos por la prensa, mostrando prácticas de la (UTARC), y por que las maquetas se produjeron con bastante aproximación a las habitaciones del hotel las Américas; como sabían los miembros de la (UTARC) que el operativo se realizaría en este hotel, y en qué tiempo se construyo dichas maquetas, y en qué fecha fueron las prácticas de este operativo. Adjunte copia legalizada de la documentación que respalde su respuesta

13.- Informe, si los miembros de la Unidad de Elite Policial (UTARC), elevo un informe pormenorizado de sus actos a las autoridades llamadas por ley, dentro del presente caso. Adjunte copia legalizada del informe solicitado.

14.- Informe, cuáles fueron las razones para Condecorar a los miembros de la  Unidad Táctica de Resolución de Crisis (UTARC), puesto que hasta la fecha no se han podido establecer los hechos en primera instancia y cuáles fueron los motivos para que esta Unidad de Elite Policial (UTARC), dejara de funcionar. Adjunte copia legalizada de la documentación que respalde su respuesta

15.- Informe, cuáles fueron las razones para que las puertas de las habitaciones del Hotel las Américas sean dinamitadas, que las cámaras de vigilancia fueran desconectadas, que los cuerpos de los fallecidos en el operativo permanecieran en el edificio por 16 horas y porque causas las grabaciones del día que los extranjeros entraban al hotel fueron borradas.

16.- Informe, porque motivo no se brindo el auxilio médico correspondiente a los presuntos terroristas heridos, ya que a tres cuadras del hotel las Américas se encuentran 3 centros hospitalarios de la Ciudad de Santa Cruz.

17.- Informe, cuáles fueron las razones por las que se realizo un Allanamiento en el Stand alquilado por Cotas dentro de la Feria de Exposición de la ciudad de Santa Cruz, señale si este contenía el mandamiento del Juez competente o Requerimiento Fiscal, quien o que fiscal participo en este Allanamiento, ¿existió alguna denuncia para realizar este Allanamiento? y si efectivamente se encontraron, armas, explosivos y documentación que ligan a esta supuesta banda con actividades terroristas. ¿Qué documentación es esta? Adjunte copia legalizada de la documentación que respalde su respuesta

18.- Informe, porque siendo un grupo terrorista los integrantes, se hospedaban en hoteles céntricos y conocidos, registrándose con sus nombres y apellidos verdaderos, y si dentro las investigaciones se determino que existió financiamiento  económico del supuesto grupo terrorista, por determinadas personas, autoridades o instituciones. Adjunte documentación  de la justificación de su respuesta.

19.- Informe, si se rechazo algún tipo de ayuda internacional, en la investigación de estos hechos, de ser así señale los fundamentos técnico, jurídicos que motivaron esta determinación.

20.- Informe, que resultados se han obtenido dentro de la presente investigación por los requerimientos de información a cuatro hoteles de Santa Cruz, mismos que presumiblemente habrían albergado a los integrantes de este grupo terrorista y si en alguno de estos hoteles se registraron incidentes protagonizados por alguno de los cinco extranjeros. Adjunte documentación de la justificación de su respuesta.

21.- Informe, porque existen contradicciones en las autopsias realizadas en Bolivia y la realizada por los familiares del Húngaro Arpad Magyarosi y del Irlandés Michael Dwyer, en el caso de Dwyer se contradijo el informe Boliviano, que aseguraba que había muerto al recibir seis disparos, ya que la autopsia hecha por los familiares asegura que recibió una sola bala, que atravesó su corazón, con una trayectoria descendente, lo que podría indicar que se encontraba sentado en la cama al momento de su muerte, además, no se pudo encontrar evidencia que sugiriese que Dwyer llegó a disparar un arma. En el caso de Magyarosi, además del análisis forense, la familia solicitó a un oficial de fuerzas especiales de la policía húngara que realizara un examen balístico, de acuerdo con los resultados, el fallecido habría recibió siete disparos, ninguno de los cuales era mortal, pero falleció ahogado por su sangre una media hora después de haberlos recibido, contradiciendo la versión oficial, que indicaba que murió desangrado, este informe asegura que Magyarosi estaba protegiéndose el rostro, con los brazos en forma de cruz, cuando recibió los primeros tres disparos, los últimos cuatro tiros los recibió cuando estaba de espaldas en el piso. Al igual que con Dwyer, no se encontraron químicos que indicasen que había disparado armas de fuego. Adjunte copia legalizada de la documentación que respalde su respuesta

22.- Informe, sobre el video del operativo en el Hotel las Américas, gravado supuestamente  por la dragoneante Marylin Vargas Villca, “alias Karen”, miembro de la  Unidad Táctica de Resolución de Crisis (UTARC), que muestra un mismo escenario del enfrentamiento, uno sin disparos y otro con varios disparos, a este video  se le sigue una investigación???. Adjunte documentación de la justificación de su respuesta.

23.- Informe, generales de ley de la persona encargada de realizar la traducción del video de Eduado Rozsa Flores, gravado en Hungria,  y señale si este video fue traducido en Venezuela. Adjunte documentación de la justificación de su respuesta.

24.- Informe, si se sigue una investigación a partir de la difusión de  fotografías donde se ve a Rozsa junto al capitán Walter Andrade, Comandante de la Unidad de Elite Policial (UTARC), y a Ignacio Villa Vargas (alias El Viejo), puesto que la foto muestra a los tres compartiendo socialmente, meses antes del operativo. Adjunte copia legalizada de la documentación que respalde su respuesta

25.- Informe,  sobre las acciones tomadas contra, Carlos Núñez del Prado (Ex Director de Seguridad Ciudadana del Ministerio de Gobierno),  y Edson Arias Espinosa, (Ex Oficial de Inteligencia y Asesor del Ministro de Gobierno),  identificados en el Video-Soborno, en el que se filmo a los ex funcionarios entregando $us 31.500 a Ignacio Villa Vargas y porque hasta la fecha no han sido llamados a declarar ni enjuiciados, ni sentenciados, siendo el único acusado e imputado por este hecho “Ignacio Villa Vargas”. Adjunte copia legalizada de la documentación que justifique su respuesta.

26.- Informe, porque razón el Gobierno pagaba montos altos de dinero a Ignacio Villa Vargas, para que este se fugara del país. Adjunte documentación de la justificación de su respuesta.

27.- Informe, a consecuencia de hacerse público el VIDEO-SOBORNO, que valides tiene el testimonio de Ignacio Villa Vargas, ya que este es el testigo principal del caso denominado Terrorismo.

28.- Informe, si al existir denuncias por los Familiares de los acusados, indicando que ha existido una violación de los derechos humanos, con la aplicación de torturas, detenciones ilegales, allanamientos ilegales, secuestro de correspondencia y documentos privados, qué medidas se han tomado y que policías o miembros del Ministerio de Gobierno están siendo investigado por estos hechos. Adjunte copia legalizada de la documentación que respalde su respuesta

29.- Informe, que PRUEBAS se han presentado contra los acusados del caso terrorismo I y II, ¿estas han sido suficientes para generar convicción sobre la responsabilidad penal de los imputados?, como han sido conseguidas y recolectadas estas pruebas y si la Policía, el investigador asignado al caso y el Fiscal asignado al caso (Dr. Marcelo Soza) participaron de la recolección de pruebas, de no ser así, ¿este defecto procesal no debería anular el proceso por prueba defectuosa y dejaría libre a todos los acusados? Adjunte copia legalizada de la documentación que justifique su respuesta.

30.- Informe, por que se vulnero la Garantía Constitucional del Juez Natural, en el mencionado proceso, ya que el hecho que venga un Tribunal de La Paz, no cumple con lo establecido en la Constitución Política del Estado, el cual prohíbe la conformación de “Tribunales especiales”. Justifique su respuesta.

31.- Informe, los motivos de la RETARDACIÓN DE JUSTICIA y a que parte, persona o autoridad es atribuible esta RETARDACIÓN DE JUSTICIA. Adjunte copia legalizada de la documentación que justifique su respuesta.

32.- Informe, cuantas veces se ha AMPLIADO el término de la investigación. Remita copia legalizada de las ampliaciones solicitadas, remitidas al juez del control jurisdiccional. Adjunte copia legalizada de la documentación que justifique su respuesta.

33.- Informe, si a la fecha se ha podido demostrar el GRADO DE PARTICIPACIÓN que existe en cada uno de los acusados, en este caso. Adjunte copia legalizada de la documentación que justifique su respuesta.

34.- Informe, porque el proceso investigativo en el Caso Terrorismo luego de 4 años de haberse iniciado apenas se encuentra en su Etapa Conclusiva, y que el Juicio Oral en sí aún no ha dado inicio. Adjunte copia legalizada de la documentación que justifique su respuesta.

35.- Informe, si por el tiempo transcurrido en esta investigación, ¿no correspondería la extinción de la acción por no tener una sentencia en primera instancia en contra de ninguno de los acusados? Adjunte copia legalizada de la documentación que justifique su respuesta.

36.- Informe, si es que Fernando Rivera, Boris Villegas, junto a Dennis Rodas (acusados de los delitos de corrupción y extorción) llevaron adelante los primeros tres años del caso terrorismo como parte querellante, de ser positiva su respuesta este hecho no quitaría legitimidad a este caso. Justifique su respuesta.

37.- Informe, sobre los motivos por los que el Tribunal Primero de Sentencia, a cargo del Juez Sixto Fernández, incumplió la Sentencia Constitucional 130/2013, misma que además de aceptar el pedido de acción de libertad del General Gary Prado Salmón, (imputado en el caso), ordena que el juicio pase a conocimiento de un Juez Natural del Departamento de Santa Cruz, instruyendo con esto la declaratoria de competencias. Justifique su respuesta.
38.- Informe, respecto a las investigaciones que se siguen al primer audio, difundido por diferentes medios de prensa, donde se escucha la supuesta voz del Fiscal Asignado a este Caso (Dr. Marcelo Soza), que estudios periciales se han realizado a estos audios, a que institutos de investigación ha sido enviado para su correspondiente análisis, y cual el resultado de estos estudios, ¿se trata de la voz del fiscal o fue un montaje como este asegura? Adjunte copia legalizada de los estudios periciales realizados al audio.

39.- Informe, si existió extorciones y manipulaciones de pruebas por parte de los funcionarios del Gobierno, como lo admitió el Fiscal Marcelo Soza, en el audio difundido por todos los medios de prensa. Justifique su respuesta.

40.- Informe, sobre las investigaciones realizadas al segundo audio, en el que supuestamente se escucha otra vez la voz del Fiscal Marcelo Soza, que asegura:

- La inocencia del ex Presidente del Comité Cívico de Santa Cruz, Branko Marinkovic, en el caso terrorismo, en el que el Ministerio de Gobierno habría ordenado involucrar a Marinkovic en el Caso Terrorismo I, pese a que no se tendría ninguna prueba contundente en su contra, porque el fin era no tener opositores.
- Que se “manipulaba” el juicio del Caso Terrorismo I, con los abogados de la red de corrupción y extorsión, que ahora están encarcelados.
- Asimismo, Soza habría pedido que se borren mensajes de texto en los celulares de los detenidos por el caso de la red de extorsión y con ello supuestamente manipuló otra vez las pruebas.

Señale que acciones legales interpuso el Ministerio a su cargo en la presente denuncia.

41.- Informe, si el Ministerio de Gobierno, sigue una investigación, sobre las recientes denuncias contra el Fiscal del caso, (Dr. Marcelo Soza), en las que se asegura que el Fiscal extorsionaba a los imputados de este caso a cambio de absolverlos, como es el caso del presunto pago de $us 50.000 que hizo el empresario Zvonko Matkovic, para que, supuestamente, el fiscal Marcelo Soza, sacara del caso a su hijo, que ahora es enjuiciado y está preso. A consecuencia de estas y otras acusaciones que acciones tomara el Ministerio de Gobierno, ¿Se realizara una investigación a las cuentas bancarias del Fiscal? Adjunte copia legalizada de la documentación que justifique su respuesta.

42.- Informe, si existe una investigación por las recientes declaraciones del Gobernador del Departamento de Santa Cruz, (Rubén Costas), que señala que hubo gente del Poder Ejecutivo que le envió emisarios para que él involucre a líderes y a empresarios cruceños en el caso de Terrorismo y si este fue llamado a declarar por tales aseveraciones. Adjunte copia legalizada de la documentación que justifique su respuesta.

43.- Informe, si Ignacio Villa Vargas alias el Viejo fue sometido a torturas con el fin de acusar a los inculpados en este caso. Justifique su respuesta.

44.- Informe, que participación o como se ve implicado el nuevo Embajador de Bolivia en Venezuela (General Luis Trigo), en el caso denominado Terrorismo I y II, según las últimas declaración de Ignacio Villa Vargas. Justifique su respuesta.
Informe, si dentro de los infiltrados en el supuesto grupo terrorista se encontraba Raúl García Linera,  (hermano del Vicepresidente del Estado). Justifique su respuesta.

¡No porque se crea en una mentira se convierte en verdad!


A tal efecto pido a su autoridad tomar en cuenta los artículos 145 y 148 del Reglamento General de la Cámara de Diputados.

Atentamente:


Rafael D. López Mercado
DIPUTADO NACIONAL

CC/Arch.

jueves, 2 de mayo de 2013

Caso Terrorismo Petición de Informe Oral

PETICION DE INFORME ORAL
PIE – RLM-001/2013-2014.

DE      :           Rafael D. López Mercado
                        DIPUTADO NACIONAL

A         :           Dr. Ramiro José Guerrero Peñaranda
                        FISCAL GENERAL DEL ESTADO
                       
REF.   :           FISCALIZACION – CASO TERRORISMO I Y II

Fecha  :           La Paz,  Abril 30 de 2013.

El Representante Nacional que suscribe, en virtud a lo previsto en la Art. 158 parágrafo 17 de la Constitución Política del Estado Plurinacional y los Art. 23 Inc. b), 139 al 142 del Reglamento General de la Cámara de Diputados, solicita que el señor FISCAL GENERAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA, proceda brindar respuestas a la presente Petición de Informe Oral, bajo el siguiente cuestionario:

Informe, señor FISCAL GENERAL DEL ESTADO sobre el CASO TERRORISMO I, sea de acuerdo al siguiente cuestionario.
1. - Informe, si el Ministerio Publico, conocía la existencia de infiltrados dentro del supuesto grupo terrorista, si se tenía conocimiento de sus actividades su planificación y sobre los supuestos atentados que se llevarían a cabo, de ser afirmativa la respuesta, porque el Ministerio Publico, no evito que se llevaran a cabo los atentados a la casa del Cardenal Julio Terrazas  y el atentado al Concejal Avalos y permitió que estos hechos supuestamente atribuidos a este grupo se lleven a cabo. Adjunte documentación de la justificación de su respuesta.
2.- Informe, si la operación efectuada en el Hotel las Américas contaba con la autorización expresa de un juez y la participación de un fiscal como director funcional de la investigación. Adjunte documentación de la justificación de su respuesta.
3.- Informe, que Fiscal o Fiscales intervinieron conjuntamente a miembros de la Unidad Táctica de Resolución de Crisis (UTARC), el Hotel las Américas y si estos habrían recibido  reportes de que cinco extranjeros, que ocupaban dos habitaciones y portaban armas. Adjunte documentación que justifique en derecho su respuesta.
4.- Informe, porque al constituirse dos fiscales (Joadel Bravo, Oscar Flores) del Distrito de Santa Cruz, con el objetivo de participar de las diligencias de recolección de pruebas y dirigir la investigación, no pudieron ingresar al Hotel las Américas ya que los policías que custodiaban el hotel no se lo permitieron. Adjunte documentación de la justificación de su respuesta.
5.- Informe, por que el ex Fiscal General del Estado, (Dr. Mario Uribe), ordeno y prohibió al Fiscal de Distrito de Santa Cruz (Dr. Jaime Soliz), que ningún Fiscal del Distrito de Santa Cruz, participe de los operativos sucedidos en el Hotel las Américas, ya que una Comisión especial de Fiscales del Departamento de La Paz se haría cargo del caso, cuando se tomo esta decisión, quien la solicito y porque razones el operativo antiterrorista se realizo desde La Paz. Adjunte documentación de la justificación de su respuesta.
6.- Informe, sobre el allanamiento efectuado a las instalaciones de la Feria Exposición de Santa Cruz (FEXPO), y si este contenía el mandamiento del Juez competente o Requerimiento Fiscal, de ser positiva la respuesta indique las generales de ley del juez y fiscales que participaron en el allanamiento y que objetos se lograron incautar en este operativo, asimismo, cuál fue la cantidad de armas que se lograron incautar en este operativo, especificando en cada una de ellas, el tipo, calibre, números de serie de fabricación, etc Adjunte copia legalizada de la documentación que respalde su respuesta.
7.- Informe, si el Ministerio Publico cumple a cabalidad con los protocolos para el registro y colección de indicios en una escena del crimen, de ser así señale paso a paso este protocolo. Adjunte copia legalizada del informe pericial realizado.
8.- Informe, de acuerdo al reporte de balística y planimetría realizado por el personal del Ministerio Público, cuantos casquillos de proyectiles y huecos en las paredes fueron encontrados en el lugar del hecho dentro el  supuesto enfrentamiento del Hotel las Américas. Adjunte documentación de la justificación de su respuesta.
9.- Informe, de acuerdo a las investigaciones realizadas por el Ministerio Publico, si este supuesto grupo terrorista fue el responsable del atentado ejecutado contra la casa del Cardenal Julio Terrazas y del Concejal Saúl Avalos, de ser positiva su respuesta cuales fueron las pruebas que se tienen para asegurar esto extremo. Adjunte copia legalizada de la documentación que justifique su respuesta.
10.- Informe, sobre las declaraciones vertidas por el personal de Seguridad de la casa del cardenal julio terrazas, que señala que la noche del atentado, alcanzo a ver un vehículo de marca Toyota Starlet, de color plomo, en el que distinguió a tres hombres y una mujer que se encontraban dentro del vehículo, contradiciendo la versión de que el ataque fue perpetrado por el vehículo marca Hiunday de color plomo, placa de control 1371-BZG (vehículo que manejaba Roza),cuál fue la mujer que participo en el atentado, de qué manera el supuesto grupo terrorista pudo salir del hotel sin registrarse y sin ser vistos por la seguridad del hotel y realizar el atentado al domicilio del cardenal y por que el Ministerio Publico no ha tomado en cuenta esta contradicción en la investigación. Adjunte copia legalizada de la documentación que justifique su respuesta.
11.- Informe, cual fue el resultado de las investigaciones que se realizaron por el atentado al domicilio del Concejal Saúl Avalos en fecha 29 de marzo de 2009, donde se evidenciaron daños materiales que se les atribuye al supuesto grupo terrorista de Eduardo Rosza Flores, la denuncia de este  hecho fue realizado en fecha  01 de abril de 2009, frente a este hecho
previene en su conocimiento el Juzgado 8vo de Instrucción Cautelar de la ciudad de Santa Cruz,  a esa altura el Gobierno ya tenía pleno conocimiento del grupo de Eduardo Rozsa Flores, este atentado conjuntamente al del domicilió del Cardenal Julio Terrazas son la base del caso denominado terrorismo I, señale porque se olvida y desparece  el requerimiento conclusivo de este caso si es la base del juicio Penal. Adjunte copia legalizada de la documentación que justifique su respuesta.
12.- Informe porque si la denuncia presentada por la familia Avalos ante la Fiscalía de Santa Cruz es procesada asignándosele un Fiscal y un Juez Instructor para el control jurisdiccional del proceso, al existir este control el caso debía  llevarse en el departamento de Santa Cruz, porque se lo traslada a los detenidos al Departamento de La Paz. Adjunte copia legalizada de la documentación que justifique su respuesta.
13.- Informe, sobre la autopsia de ley practicada a los tres cadáveres, efectuada por los Doctores. Rafael Vargas y Antonio Torres Balanza- en el que señalan que los tres perdieron la vida por las heridas múltiples de bala, shock hipovolémico y otro caso también por traumatismo craneoencefálico por herida de arma de fuego ” y añade que “Eduardo Rózsa Flores presentaba una herida en la cabeza que le destrozó el cerebro y heridas en ambos hombros. En los tres casos, la trayectoria de las balas fue de arriba hacia abajo, por lo que se puede entender que el fallecido se encontraba en el piso o agazapado cuando le llegaron los impactos”, esta autopsia no revelaría tortura impuesta por la Unidad Táctica de Resolución de Crisis (UTARC) y cuáles fueron las causas para atar las manos del ciudadano irlandés Dweyer, como se puede evidenciar en las imágenes difundidas por varios medios de prensa. Adjunte copia legalizada de la documentación que justifique su respuesta.
14.- Informe, sobre el informe presentado en noviembre de 2009, por la Comisión Multidiciplinaria de la Cámara de Diputados, (comisión en minoría) que dio cuenta de la que denomina una “extraña denuncia” presentada por Ministerio de Gobierno, a la cabeza de Denis Efraín Rodas Limachi y Boris Martín Villegas Rocabado, ante la Fiscalía de La Paz sobre los hechos que dieron origen al caso Rózsa antes de que éstos sucedieran,  sientan una denuncia en la que sin identificar qué hecho estaban denunciando como delictivo ni precisar al autor o autores, se limitan a señalar que ‘dentro de un afán desestabilizador, varios grupos organizados de gente armada, en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, han conformado una serie de actos dirigidos a atentar contra la estabilidad del Estado nacional. Se tiene conocimiento por informes de inteligencia, estos extremos que van dirigidos desde la intención de atentar contra servicios públicos hasta la intención de atentar contra la vida de las dos más altas autoridades de este Gobierno democrático, por lo que fehacientemente existe la posibilidad inclusive de ocasionar un golpe de Estado, esta denuncia  es presentada en la Fiscalía de La Paz el 14 de abril del mismo año 2009; esto es, el día anterior al atentado a la casa del cardenal Julio Terrazas. En este raro procedimiento, el Ministro de Gobierno le pide al Ministerio Público que ponga en marcha una investigación sin que el hecho delictivo exista aún. Adjunte copia legalizada de la documentación que justifique su respuesta.
15.- Informe, en base a que pruebas, se ha presentado acusación formal contra los presuntos responsables de conformar este grupo separatista y como han sido conseguidas y recolectadas estas pruebas. Adjunte copia legalizada de la documentación que justifique su respuesta.
 16.- Informe, cuál el grado de participación y de qué manera los sindicados en este proceso han tenido una participación material e intelectual en esos hechos. Adjunte documentación de la justificación de su respuesta.
17.- Informe, porque hasta la fecha no se ha podido individualizar a los autores de los supuestos atentados terroristas. Sírvase adjuntar copia legalizada de la documentación que respalde su respuesta.
18.- Informe, porque hasta la fecha no se ha podido llegar a una sentencia en primera instancia Adjunte documentación de la justificación de su respuesta.

Informe, señor FISCAL GENERAL DEL ESTADO sobre el CASO TERRORISMO II, sea de acuerdo al siguiente cuestionario.
1.- Informe, cómo y en que fechas arribaron al país este grupo de ciudadanos extranjeros, acusados de conformar un grupo irregular armado, con el “supuesto” propósito de perpetrar delitos de terrorismo, amenazar la integridad del territorio Boliviano y derrocar al gobierno. Adjunte copia legalizada de los requerimientos emitidos y sus respectivas respuestas referente al flujo migratorio de cada uno de los detenidos y muertos en el presente caso.
2.-Informe, en cuantas oportunidades arribo al país Eduardo Rozsa Flores, según los reportes que tenga la Fiscalía General  del Estado dentro el cuaderno de investigaciones. Adjunte copia legalizada del flujo migratorio del citado anteriormente.
3.- Informe, si se ha podido confirmar con pruebas fehacientes que ese supuesto grupo irregular ingresó al país, con pasajes pagados por la extinta empresa AEREOSUR en uno de sus vuelos.  Adjunte copia legalizada de la documentación que justifique su respuesta.
4.- Informe, porque siendo un grupo terrorista los integrantes, se hospedaban en hoteles céntricos  y conocidos, registrándose con sus nombres y apellidos verdaderos, si dentro las investigaciones se determino el financiamiento  económico. Adjunte documentación  de la justificación de su respuesta.
5.- Informe, que resultados se han obtenido por los requerimientos a cuatro hoteles de Santa Cruz, mismos que presumiblemente habrían albergado a los integrantes de este grupo terrorista y si en alguno de estos alojamientos se registraron incidentes protagonizados por alguno de los cinco extranjeros. Adjunte documentación de la justificación de su respuesta.
6.- Informe, dentro las investigaciones realizadas por el Ministerio Publico cuáles fueron las actividades que realizaban este supuesto grupo de terroristas. Adjunte documentación de la justificación de su respuesta.
7.- Informe, si a la fecha se ha podido individualizar quienes son las personas o instituciones responsables de traer y financiar al presunto grupo terrorista, cual el fiscal asignado al caso y porque a la fecha este caso no llego a juicio. Adjunte documentación de la justificación de su respuesta.

  
Informe, señor FISCAL GENERAL DEL ESTADO sobre LA RETARDACION DE JUSTICIA EN LOS CASOS TERRORISMO I y II, sea de acuerdo al siguiente cuestionario,
1.- Informe, cual es la causa de que este proceso haya deambulado por cinco juzgados de sentencia y en el actual, y que ni los juzgados ni los secretarios hicieron un inventario de las pruebas. Justifique en derecho su respuesta.
2.- Informe, si al existir denuncias por los Familiares de los acusados, indicando que ha existido una violación de los derechos humanos, con la aplicación de torturas, detenciones ilegales, allanamientos ilegales, secuestro de correspondencia y documentos privados, el Ministerio Publico a cargo del Fiscal asignado al caso (Marcelo Soza), en su investigación hizo caso omiso de estas denuncias, puesto que ningún policía o miembro del Ministerio de Gobierno está siendo investigado por estos hechos ¿La Fiscalía General también hará caso omiso de estas graves violaciones en un estado de derecho?.
3.- Informe, al haber el Fiscal de Materia Marcelo Soza Alvarez, tomado conocimiento de la denuncia del Ministerio de Gobierno formulada el 30 de marzo de 2009 y presentada en La Paz el 14 de abril de 2009. Desde esa fecha, dada la complejidad del caso y el número de personas que investigó, la ley procesal penal le otorgaba 18 meses – es decir hasta el 14 de septiembre de 2009 - como plazo máximo para acusar o buscar salidas alternativas (art 134 cpp). El requerimiento fiscal acusatorio tiene fecha de 10 de diciembre, vale decir 50 días después del máximo.  Lo cual ha generado un incidente de actividad procesal defectuosa. ¿Qué hará la Fiscalía General al respecto, una investigación o sanción contra el Fiscal Sozsa? Adjunte documentación de la justificación de su respuesta.
4.- Informe, cuantas veces se ha ampliado el término de la investigación. Remita copia de las ampliaciones solicitadas remitidas al juez del control jurisdiccional.
5.- Informe, que PRUEBAS se han presentado contra los acusados del caso terrorismo I y II y si la Policía, el investigador asignado al caso y el Fiscal asignado al caso (Dr. Marcelo Soza) participaron de la recolección de pruebas, de no ser así, ¿este defecto procesal no debería anular el proceso por prueba defectuosa y dejaría libre a todos los acusados? Adjunte documentación de la justificación de su respuesta.
6.- Informe, si el Fiscal Marcelo Soza ha presentado y entregado con inventario por ITEM las pruebas de su actuación al Secretario del Juzgado de Instrucción a cargo de la Audiencia Conclusiva, ya que las pruebas dicen estar contenidas en saquillos y bultos, cuyo contenido nadie conoce, de no ser así ¿esto resultaría en un incidente de violación de garantías procesales y actividad procesal defectuosa?. Adjunte documentación de la justificación de su respuesta.
7.- Informe, por que el Fiscal Marcelo Soza Alvarez, nunca presento un informe sobre la investigación realizada al supuesto atentado contra el Cardenal Julio Terrazas, es así que el mismo Cardenal habría dirigido un memorial al Juez Cautelar a cargo de la audiencia conclusiva informando este extremo y expresando su voluntad de no acusar. ¿Tendrá sanciones por esta omisión e incumplimiento de deberes el Fiscal Marcelo Soza?. Adjunte documentación de la justificación de su respuesta.
 8.- Informe, si el Fiscal Marcelo Soza y el Fiscal Sergio Céspedes indujeron al Juez Presidente del Tribunal 7º de Sentencia, a no notificar a los acusados con la acusación particular del Ministerio de Gobierno, (que ilegalmente se ha constituido en víctima y acusador particular en el caso terrorismo I), habiendo generado ese error un vicio procesal que obligará a anular obrados y retrasar el proceso judicial por un año calendario. ¿Será sancionado el Fiscal Marcelo Soza por esta generación de vicios procesales?. Adjunte documentación de la justificación de su respuesta.
9.- Informe, las causas de la SUSPENSIÓN dentro del caso terrorismo I y II, cuánto tiempo lleva suspendido y a que persona o autoridad es atribuible esta SUSPENSIÓN. Adjunte copia legalizada de la documentación que justifique su respuesta.
10.- Informe, los motivos de la RETARDACIÓN DE JUSTICIA y a que parte, persona o autoridad es atribuible esta RETARDACIÓN DE JUSTICIA. Adjunte copia legalizada de la documentación que justifique su respuesta.
11.- Informe, cuantas veces se ha AMPLIADO el término de la investigación. Remita copia legalizada de las ampliaciones solicitadas, remitidas al juez del control jurisdiccional.
12.- Informe, que PLAZOS PROCESALES han sido incumplidos por el Ministerio Público dentro de la Etapa Preliminar y la Etapa Preparatoria. Adjunte copia legalizada de la documentación que justifique su respuesta.
13.- Informe, si a la fecha se ha podido demostrar el GRADO DE PARTICIPACIÓN que existe en cada uno de los acusados. Adjunte copia legalizada de la documentación que justifique su respuesta.
14.- Informe, porque el proceso investigativo en el Caso Terrorismo luego de 4 años de haberse iniciado apenas se encuentra en su Etapa Conclusiva, y que el Juicio Oral en sí aún no ha dado inicio. Adjunte copia legalizada de la documentación que justifique su respuesta.
15.- Informe, si por el tiempo transcurrido en esta investigación, ¿no correspondería la extinción de la acción por no tener una sentencia en contra de ninguno de los acusados? Adjunte copia legalizada de la documentación que justifique su respuesta.

Informe, señor FISCAL GENERAL DEL ESTADO sobre lo referente al VIDEO – SOBORNO EN EL CASO TERRORISMO I, sea de acuerdo al siguiente cuestionario.
1.- Informe,  sobre el VIDEO-SOBORNO en el que Ignacio Villa Vargas, fue filmado recibiendo dinero, 31.500 dólares, por su testimonio y su desaparición. Adjunte documentación de la justificación de su respuesta. ¿Cuál es su criterio legal al respecto?
2.- Informe,  sobre las acciones tomadas contra, Carlos Núñez del Prado (Ex Director de Seguridad Ciudadana del Ministerio de Gobierno),  y Edson Arias Espinosa, (Ex Oficial de Inteligencia y Asesor del Ministro de Gobierno),  identificados en el Video- Soborno, en el que se filmo a los ex funcionarios entregando $us 31.500 a Ignacio Villa Vargas y porque
hasta la fecha no han sido llamados a declarar ni enjuiciados, ni sentenciados, siendo el único acusado e imputado por este hecho “Ignacio Villa Vargas”. Adjunte copia legalizada de la documentación que justifique su respuesta.
3.- Informe, a raíz de hacerse público el VIDEO-SOBORNO, que valides tiene el testimonio de Ignacio Villa Vargas, en el caso de Terrorismo, ya que este es fue el testigo principal de este caso.

Informe, señor FISCAL GENERAL DEL ESTADO sobre la participación del Fiscal Marcelo Soza en el  CASO TERRORISMO I y los audios, fotos revelados, sea de acuerdo al siguiente cuestionario
1.- Informe, sobre los audios recientemente divulgados, que contienen la presunta voz del Fiscal encargado del caso Terrorismo I (Marcelo Soza), donde expresaría,  que no hubo enfrentamiento en el Hotel las Américas y que los efectivos policiales de élite sólo ingresaron a las habitaciones a “limpiar” a los presuntos separatistas.
2.- Informe, Fiscal General si  todavía no recibió un informe del fiscal Marcelo Soza sobre sus actuaciones y avances en el caso Rózsa, que fue requerido por su autoridad el 18 de marzo del año en curso. Adjunte copia legalizada del referido informe.
3.- Informe, si hubo extorciones y manipulaciones de pruebas por parte de los funcionarios del Gobierno, como lo admitió el fiscal Marcelo Soza, en el audio.
4.- Informe, cuáles fueron las causas de las dos renuncias presentadas por el Fiscal Marcelo Sosa y por qué no fueron admitidas. Adjunte documentación de la justificación de su respuesta. Adjunte copia legalizada de las cartas de renuncia presentadas ante su despacho.
5.- Informe, si es que Fernando Rivera, junto a Dennis Rodas llevaron adelante los primeros tres años del caso terrorismo como parte querellante y que con los antecedentes de extorción, esta investigación no tendría muy poca validez y confianza para la opinión pública.
6.- Informe, actualmente que trabajo desempeña el Dr.Marcelo Sosa y si es que sigue fungiendo como Fiscal.
7.- Informe, a la fecha en que etapa se encuentra el proceso en contra de Marcelo Soza, después de que se divulgaron dos grabaciones en las que se escucha presuntamente su voz dando detalles del caso Rózsa como la injerencia de autoridades de Gobierno en el proceso, la pérdida de pruebas y la supuesta ejecución de los integrantes del supuesto grupo terrorista. Adjunte copia legalizada de los procesos.


Rafael Darío López Mercado
DIPUTADO NACIONAL

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